¿Cómo adquirir un inmueble viviendo en el exterior?


Septiembre 6 de 2019

En materia inmobiliaria, siempre es recomendable que las partes realicen los acuerdos de manera presencial, al igual como se recomienda que el comprador visite el inmueble y compruebe que el objeto del acto de venta corresponde al bien que se está adquiriendo en cuanto a características, calidad, metraje y demás condiciones del acuerdo. Sin embargo, muchas circunstancias ajenas a los participantes del acuerdo pueden provocar que sea necesaria la transferencia del bien raíz por medio de una representación, en la cual debe ejecutar los sigtes. pasos:

En el caso de residir fuera del país y necesitar realizar una transacción inmobiliaria ésta puede ser ejecutada a través de un Acto Notarial de Representación.

Estos Actos permiten que un ciudadano o institución encomiende a otro ciudadano o institución a que le represente ante cualquier acto civil que el cuidadano requiera efectuar ante las instituciones de la República Dominicana o de otro país.

Los requisitos para realizar este acto son:

a.) Pasaporte o Cédula de Identidad y Electoral del (los) PODERDANTES (personas físicas o jurídicas que participan en el acuerdo -no representante-).

b.) Nombre completo, cédula de identidad y electoral y dirección del APODERADO o persona que lo representará en la República Dominicana.

c.) Información tan específica como sea posible del objeto de la representación, es decir todas aquellas acciones que el PODERDANTE requiere que el APODERADO realice en nombre del PODERDANTE.

d.) Información que demuestre que el PODERDANTE tiene capacidad legal para pedir al APODERADO que realice algo en su nombre con relación a algún bien, ya sea mueble o inmueble (título de propiedad, cuenta bancaria, certificado financiero, etc.)

e.) Información respecto a cualquier asunto que sea de interés conocer por parte del interesado.

Obligaciones tributarias:

Un factor que debe tomarse en cuenta a la hora de invertir en República Dominicana estando en el exterior es conocer y cumplir debidamente con las obligaciones tributarias que figuran en las leyes dominicanas. Una de ellas es  El Impuesto al Patrimonio Inmobiliario (IPI) este es un impuesto anual que se aplica sobre la suma total del patrimonio inmobiliario gravado que tienen registrados las personas físicas y Fideicomisos. Debe pagarse en dos (2) cuotas semestrales, siendo la fecha límite para el pago de la primera cuota el 11 de marzo y la segunda el 11 de septiembre de cada año, ​si tus inmuebles poseen un valor conjunto superior a (RD$7,438,197.00).

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